STS, 17 de Febrero de 1997

Enlazado como:


Resumen


No longer available (Autolink)

Frases clave


Como reiteradamente ha sentado esta Sala, el recurso de casación para la unificación de doctrina procede frente a sentencias dictadas en recurso de suplicación, lo que implica condicionar la admisibilidad de aquel recurso a la posibilidad legal de que la sentencia de instancia sea recurrible en suplicación. Cuestión de orden público y que debe ser examinada, aun de oficio, -con la audiencia de las partes, naturalmente- por la Sala, en cuanto la competencia funcional de la misma tiene, como presupuesto, la recurribilidad en suplicación de la sentencia de instancia.

Ver el contenido completo de este documento

Extracto


STS, 17 de Febrero de 1997

No longer available (Autolink)

Ver el contenido completo de este documento