STS 317/1997, 19 de Abril de 1997

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Frases clave


Es evidente, por demás, la contradicción de la sentencia traída a casación, que revoca la fundamentación jurídica de la de primera instancia y, sin embargo, la confirma por sus propios razonamientos, y, además, invoca la incomparecencia de la apelante a la vista oral, pese a estar citada en tiempo y forma, y el desconocimiento del Tribunal de los motivos del recurso, que, según explica, no puede plantearse de oficio al resultar vedado por los artículos 14 y 24.1 de la Constitución, por suponer una actuación de parte contraria al principio de neutralidad, cuyo indicado planteamiento desconoce que la apelación no requiere una motivación concreta, como, por el contrario, ocurre con la casación.

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Extracto


STS 317/1997, 19 de Abril de 1997

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