STS, 10 de Diciembre de 2001

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Resumen


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Frases clave


En el caso examinado se advierte que, siendo el acto recurrido un acto de la Administración local, y reconociendo el recurrente que la sentencia impugnada se funda en preceptos estatales y autonómicos, incumple la obligación de justificar en el escrito de preparación del recurso de casación la relevancia para el fallo de los preceptos estatales citados como infringidos, y formula los motivos de casación invocando directamente preceptos de una Ley emanada de la Comunidad Autónoma (motivo segundo) o preceptos del ordenamiento estatal que no son los principalmente aplicados por la sentencia y los que directamente determinan el sentido del fallo pronunciado (motivos primero y tercero).

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Extracto


STS, 10 de Diciembre de 2001

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