STS 283/2002, 22 de Marzo de 2002
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Resumen
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Frases clave
“ El recurso de casación debe ser desestimado sin necesidad de entrar a conocer de sus motivos, porque la entidad recurrente carece de interés en la casación de una sentencia que acoge sus peticiones. De lo contrario, se vulneraría la reiterada doctrina que niega eficacia jurídica a la conducta de una parte que esté en contradicción con sus propios actos. ”
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Extracto
STS 283/2002, 22 de Marzo de 2002
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Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885)
- Reglamento del Registro Mercantil (Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio) - Artículo 9
- Código Civil - Artículos 1, 1104, 1459
- Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre) - Artículo 129
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 7, 1258, 1692