STS, 29 de Marzo de 1994
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Resumen
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Frases clave
“ de la infracción legal alegada, referida al artículo 1214 del Código Civil, precepto relativo a la carga de la prueba, ha de llevar indefectiblemente a la inadmisión del recurso de casación, al tratarse de cuestión ajena al ámbito del recurso de casación, propia del recurso extraordinario por infracción procesal, y en consonancia con tal consideración ha de añdirse que el interés casacional, en cualquiera de sus tres manifestaciones, recogidas en el art. 477. 3 de la LEC 2000, no puede ir referido a cuestiones procesales. ”
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Extracto
STS, 29 de Marzo de 1994
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