STS, 21 de Enero de 2002
Enlazado como:
Frases clave
“ procede declarar que no ha lugar al recurso por haber omitido la parte recurrente la justificación de que la infracción de una norma no emanada de los órganos de una Comunidad Autónoma ha sido relevante y determinante del fallo de la sentencia, y por no haber fijado en el escrito de formalización el motivo en que se funda el recurso, con expresión del apartado correspondiente del artículo 95.1 de la Ley Jurisdiccional ”
Extracto
STS, 21 de Enero de 2002
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Afectaciones
APLICA
Documentos citados
- Ley de Costas (Ley 22/1988, de 28 de julio)
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 93, 95, 96, 99, 129
- STC 181/2001, 17 de Septiembre de 2001
- Ley 10/1992, de 30 de Abril, de medidas urgentes de reforma procesal.