STS, 26 de Enero de 2001

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Frases clave


no se ha cumplido lo que exige el artículo 96.2 de la LRJCA, porque no se ha justificado que la infracción de normas no emanadas de los órganos de la Comunidad Autónoma haya sido relevante y determinante del fallo -justificación que, como ha dicho esta Sala, ha de ser acreditada por el que prepara el recurso de casación, haciendo explícito cómo, por qué y de qué forma ha influido y ha sido determinante del mismo-. La parte del escrito de preparación anteriormente transcrita no contiene, como es evidente, este juicio de relevancia.

Extracto


STS, 26 de Enero de 2001

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