STS, 17 de Diciembre de 2001
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ la situación jurídica en ambos supuestos es idéntica: socios trabajadores de una cooperativa que desempeñan funciones al servicio de una empresa que tiene concertada una contrata con la cooperativa de la que forman parte como socios. La cooperativa es empresa real, no aparente. En ambos supuestos invocan que la situación implica una cesión ilegal de trabajadores, prohibida por el art. 44 del Estatuto de los Trabajadores, y, mientras la sentencia recurrida acoge la pretensión, la de contraste la rechaza en base, principalmente, a la aplicación del art. 118 de la Ley de Cooperativas de 1.987. Se aprecia, por tanto la existencia de la identidad de situaciones y contradicción de soluciones exigida por el art. 217 de la Ley de Procedimiento Laboral, para la admisión a trámite del recurso. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS, 17 de Diciembre de 2001
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley de Arrendamientos Rústicos Históricos (Ley 1/1992, de 10 de febrero)
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículos 1, 2, 42, 43, 44, 55
- Ley de Cooperativas (Ley 27/1999, de 16 de julio) - Artículo 118
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 217
- Código Civil - Artículos 6, 1257, 1583, 1588