STS, 20 de Junio de 1994
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Resumen
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Frases clave
“ La naturaleza de la relación estatutaria si bien no es asimilable a la relación funcionarial administrativa, si muestra -según la doctrina última de esta Sala- una cierta aproximación hacia la misma; doctrina de la que resulta, además, no ser aplicable a dicha relación estatutaria, con carácter supletorio, la norma del Estatuto de los Trabajadores, sino las leyes dictadas en materia de la función pública, cual impone el artículo 1-5 de la ley 30/1984. ”
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Extracto
STS, 20 de Junio de 1994
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 9
- Código Civil - Artículo 2
- Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública (Ley 30/1984, de 2 de agosto) - Artículos 1, 2, 23
- Real Decreto-Ley 3/1987, de 11 de Septiembre, sobre Retribuciones del Personal estatutario del Instituto nacional de la Salud. - Artículos 1, 2
- Decreto 3160/1966, de 23 de diciembre, </strong>por el que se aprueba<strong> el «Estatuto Jurídico del personal médico de la Seguridad Social».