STS 865/2000, 2 de Octubre de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ La problemática se sitúa en si la reclamación de tal exceso dinerario había de dirigirse contra "R.A.R.S. CONSTRUCCIONES, S.A." o contra el Administrador de la recurrida, que, por cierto, también lo era de la otra litigante, y, como la percepción pecuniaria fue en provecho de aquella compañía, cuestión que ni siquiera se ha discutido en el debate, ha de ser ésta quién viene obligada a la restitución en cuanto al excedente del importe del precio ”
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Extracto
STS 865/2000, 2 de Octubre de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículos : 116
- Código Civil - Artículos : 1156 35 37 1665 1670
Documentos citados
- Código de Comercio (Real Decreto 22 de agosto de 1885) - Artículo 116
- Código Civil - Artículos 35, 37, 1665, 1670, 1895
- Ley de Sociedades Anónimas (Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre) - Artículos 2, 3, 133, 134
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 1692, 1715
- STS, 16 de Junio de 1994