STS 1122/2000, 11 de Diciembre de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ corresponde al presidente de la comunidad la representación de ésta "en juicio" y fuera de él y corresponde a la Junta de copropietarios conocer y decidir los asuntos de interés general para la comunidad, acordando las medidas necesarias o convenientes para el mejor servicio común; debiendo el presidente actuar de conformidad con los acuerdos de la Junta, válidamente adoptados, de los que es mero ejecutor. ”
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Extracto
STS 1122/2000, 11 de Diciembre de 2000
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 1256, 1591
- Ley sobre Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio) - Artículos 1, 5, 12, 13
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 6, 523, 533, 1692, 1715