STS 576/2000, 12 de Junio de 2000
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Resumen
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Frases clave
“ la falta de motivación afecta a todos los aspectos antes mencionados, y no cabe ser suplida por una motivación por remisión a la Sentencia del Juzgado, porque el contenido de esta resolución fundamenta una respuesta absolutoria, en tanto el pronunciamiento de la resolución recurrida es condenatorio. La Sentencia analizada no contiene relación de los hechos ocurridos, ni especifica cual ha sido la relación o intervención de los demandados que haya podido generar o incidir en el desencadenamiento del accidente que ha producido el resultado dañoso. No constan en que consiste la diligencia omitida, ni las cautelas que eran exigibles y no se adoptaron. En definitiva no se concreta el nexo causal, ni el juicio de reproche, por lo que mal se puede verificar si ha habido culpa extracontractual. ”
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Extracto
STS 576/2000, 12 de Junio de 2000
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Afectaciones
APLICA
- Código Civil - Artículos : 1902
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículos : 248.3
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 120
- Código Civil - Artículo 1902
- Ley Orgánica del Poder Judicial (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio) - Artículo 248
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 921, 1692, 1715
- STC 78/1986, 13 de Junio de 1986