STS 749/1992, 14 de Julio de 1992

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Frases clave


que la rectificación y sustitución del término "apelantes", por "demandantes" merece la calificación de simple error material, como asimismo, resulta atinada la referencia al contenido de la sentencia respecto de las acciones ejercitadas, por lo que no cabe apreciar este razonamiento como consistente a efectos casatorios

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Extracto


STS 749/1992, 14 de Julio de 1992

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