STS 1221/1998, 29 de Diciembre de 1998

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Resumen


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Frases clave


el aparejador es responsable por su evidente negligencia. Pero la acción que, en su caso, se pueda ejercitar contra él no tiene la misma naturaleza que la repetición frente a los restantes codeudores. Porque, como quedó probado en primera instancia este técnico prestaba sus servicios a las órdenes de la CAIXA, no actuando como profesional independiente, pues estaba vinculado a dicha entidad por un contrato laboral.

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Extracto


STS 1221/1998, 29 de Diciembre de 1998

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