STS 537/1999, 14 de Junio de 1999

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Frases clave


era la aseguradora cuyo contrato estaba vigente al tiempo de producirse la ca?da que fue origen de la incapacidad, es decir, el hecho generador de la misma, el evento que constituy? el riesgo objeto de cobertura, como dice el art?culo 1 de la ley citada del seguro y que cuando se produjo, provoc? la incapacidad o baja laboral del asegurado que, sin soluci?n de continuidad, termin? con la declaraci?n de incapacidad total permanente del asegurado, declaraci?n, no constituci?n, de la incapacidad. Por lo cual, se han infringido por la sentencia de instancia, de la Audiencia Provincial, los art?culos 1 y 18 de la Ley de contrato de seguro, como se denuncia en este motivo, al absolver de la demanda a la compa??a "Plus Ultra, C?a. an?nima de seguros y reaseguros"; ?sta debe ser condenada a indemnizar y, en este sentido, estimar el recurso de casaci?n y, conforme al art?culo 1715.1.3? de la Ley de Enjuiciamiento civil, resolver lo que corresponda, es decir, recuperar la instancia, que implica, en el presente caso, confirmar la sentencia del Juzgado de 1? Instancia, salvo en el dies a quo del c?mputo del inter?s del 20% que no puede aceptarse el que se fija en la sentencia (7 de octubre de 1991) sino el que se pide en el suplico de la demanda: 1 de enero de 1.992.

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Extracto


STS 537/1999, 14 de Junio de 1999

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