STS 1021/1996, 5 de Diciembre de 1996
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Resumen
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Frases clave
“ Es llano que el precepto veda el uso exclusivo de la equidad en la fundamentación de las resoluciones, pero en el caso que nos ocupa la Audiencia utiliza la equidad solo para cuantificar el trabajo de Aqua-Plan y reducir la pretensión de la actora que lo utilizó indebidamente, acogiendo parcialmente la pretensión de la demandada, de manera que la sentencia de esta Sala de 4 de mayo de 1988 que se cita respalda el criterio de la Audiencia y hace decaer el motivo, en el que nuevamente se tratan de invertir los términos afirmando que se pretende que Aqua-Plan perciba parte del precio de un contrato en el que no era parte. ”
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Extracto
STS 1021/1996, 5 de Diciembre de 1996
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 3, 7, 1258, 1283
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 921, 1692, 1715