STS 1175/1997, 15 de Diciembre de 1997

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Frases clave


cada cofiador debe concurrir con una cuota al pago común y el que paga antes tiene el derecho de regreso, constituyendo éste el lado activo de una relación obligatoria que viene a formar el contenido de la relación jurídica de la cofianza

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Extracto


STS 1175/1997, 15 de Diciembre de 1997

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