STS 1175/1997, 15 de Diciembre de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ cada cofiador debe concurrir con una cuota al pago común y el que paga antes tiene el derecho de regreso, constituyendo éste el lado activo de una relación obligatoria que viene a formar el contenido de la relación jurídica de la cofianza ”
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Extracto
STS 1175/1997, 15 de Diciembre de 1997
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Documentos citados
- Código Civil - Artículos 1171, 1838, 1839, 1844
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 62, 63