DECRETO 42/1990, de 15 de marzo, por el que se da nueva redacción el artículo 2.º del Decreto 235/1986, de 23 de diciembre, por el que se dictan normas en materia de gestión, recaudación y contabilidad de tasas y otros derechos no tributarios, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
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DECRETO 42/1990, de 15 de marzo, por el que se da nueva redacción el artículo 2.º del Decreto 235/1986, de 23 de diciembre, por el que se dictan normas en materia de gestión, recaudación y contabilidad de tasas y otros derechos no tributarios, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
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- DECRETO 235/1986, de 23 de diciembre, </strong>por el que<strong> se dictan Normas en materia de Gestión, Recaudación y Contabilidad de Tasas, y otros derechos no tributarios, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León. - Artículo 2
- DECRETO 291/1987, de 18 de diciembre, </strong>por el que<strong> se modifica el Decreto 235/1986, de 23 de diciembre, que regula la gestión, recaudación y contabilidad de tasas y otros derechos no tributarios.
- DECRETO 55/1989, de 13 de abril, </strong>por el que<strong> se da una nueva redacción al artículo 6º del Decreto 235/1986, de 23 de diciembre, </strong>por el que<strong> se dictan normas en materia de gestión, recaudación y contabilidad de tasas y otros derechos no tributarios, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.
- Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Ley 7/1989 de 9 de noviembre) - Artículo 14