STS 435/1999, 10 de Junio de 1999
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Resumen
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Frases clave
“ que la declaración de rebeldía respecto de los demandados en un proceso viene dada por la actitud que voluntariamente éstos adoptan ante un proceso civil en trámite, pues citados o emplazados en legal forma, como ha ocurrido en el caso de autos (folio 29 de las actuaciones), los demandados han decidido adoptar una postura pasiva, no personándose como parte en el proceso ni contestando a la demanda contra ellos formulada. Es una actitud ante el proceso que indudablemente tiene sus consecuencias, las cuales han de ser asumidas por el demando o demandados que voluntariamente se colocan en dicha posición. ”
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Extracto
STS 435/1999, 10 de Junio de 1999
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 24
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 187, 189
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículo 398
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 398, 1435, 1462, 1698
- STC 96/1993, 22 de Marzo de 1993