STS, September 18, 2001

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en el presente caso no se cumple el requisito de recurribilidad que establece el art. 217 de la Ley de Procedimiento Laboral, lo que determina la desestimación del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por la actora contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 23 de noviembre de 1999, todo ello en armonía con el dictamen del Ministerio Fiscal.

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