Real Decreto 3338/1983, de 28 de Diciembre, por el que se prorroga la Vigencia de los Reales decretos 2899/1981, de 4 de Diciembre, y 2918/1981, de 4 de Diciembre, dictados en desarrollo del Real decreto-ley 18/1981, de 4 de Diciembre, sobre Medidas excepcionales para aprovechamiento de los Recursos hidraulicos escasos a Consecuencia de la Sequia.
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Real Decreto 3338/1983, de 28 de Diciembre, por el que se prorroga la Vigencia de los Reales decretos 2899/1981, de 4 de Diciembre, y 2918/1981, de 4 de Diciembre, dictados en desarrollo del Real decreto-ley 18/1981, de 4 de Diciembre, sobre Medidas excepcionales para aprovechamiento de los Recursos hidraulicos escasos a Consecuencia de la Sequia.
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Afectaciones
PRORROGA
- Real Decreto 2899/1981, de 4 de diciembre, por el que se complementa el Real Decreto-ley 18/1981, sobre medidas excepcionales para el aprovechamiento de los recursos hidráulicos, escasos a consecuencia de la prolongada sequía.
- Real Decreto 2918/1981, de 4 de diciembre, que reglamenta el régimen de sanciones establecido por el Real Decreto-ley 18/1981, de 4 de diciembre, relativo a aprovechamiento de los recursos hidráulicos, escasos a consecuencia de la prolongada sequía.
Documentos citados
- Ley 6/1983, de 29 de Junio, sobre Medidas excepcionales para el aprovechamiento de los Recursos hidraulicos, escasos a Consecuencia de la Prolongada sequia.
- Real Decreto 3884/1982, de 29 de diciembre, </strong>por el que<strong> se prorroga la vigencia de los Reales Decretos 2899 y 2918/1981, de 4 de diciembre, que desarrollan el Real Decreto-ley 18/1981, de 4 de diciembre, sobre medidas excepcionales para aprovechamiento de los recursos hidráulicos escasos a consecuencia de la sequía.
- Real Decreto 2918/1981, de 4 de diciembre, que reglamenta el régimen de sanciones establecido por el Real Decreto-ley 18/1981, de 4 de diciembre, relativo a aprovechamiento de los recursos hidráulicos, escasos a consecuencia de la prolongada sequía.
- Real Decreto 2899/1981, de 4 de diciembre, </strong>por el que<strong> se complementa el Real Decreto-ley 18/1981, sobre medidas excepcionales para el aprovechamiento de los recursos hidráulicos, escasos a consecuencia de la prolongada sequía.
- Real Decreto-ley 18/1981, de 4 de diciembre, sobre medidas excepcionales para aprovechamiento de los recursos hidráulicos, escasos a consecuencia de la prolongada sequía.