Real Decreto 2766/1983, de 5 de Octubre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios del Estado a la Comunidad autonoma de andalucia en materia de agricultura.
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Real Decreto 2766/1983, de 5 de Octubre, sobre Traspaso de Funciones y Servicios del Estado a la Comunidad autonoma de andalucia en materia de agricultura.
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Afectaciones
DEROGA PARCIALMENTE
- Real Decreto 2917/1979, de 7 de diciembre, por el que se amplían, en materia de agricultura, las transferencias de competencias de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña, Diputación General de Aragón, Consejo del País Valenciano, Junta de Andalucía y Consejo General Interinsular de las Islas Baleares. - Artículos : 2
- Real Decreto 698/1979, de 13 de febrero, sobre transferencia de competencias de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de Administración local, agricultura, transporte, urbanismo, actividades molestas y turismo. - Artículos : 7 8 9
CORREGIDA por
AMPLIADA por
- REAL DECRETO 1403/1995, de 4 de agosto, sobre ampliacion de Medios adscritos a los Servicios traspasados a la Comunidad autonoma de andalucia en materia de agricultura (laboratorio de Sanidad vegetal).
- REAL DECRETO 1401/1995, de 4 de agosto, sobre ampliacion de los Medios adscritos a los Servicios traspasados a la Comunidad autonoma de andalucia, en materia de agricultura (senpa).
- Real Decreto 1551/1984, de 20 de Junio, sobre Valoracion definitiva y ampliacion de Medios adscritos a los Servicios traspasados y adaptacion de los Transferidos en fase preautonomica a la Comunidad autonoma de andalucia en materia de agricultura.
Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 1, 11, 13, 38, 131, 148, 149
- Real Decreto 3825/1982, de 15 de Diciembre, </strong>por el que se aprueba<strong>n las Normas de Traspaso de Servicios del Estado a la Comunidad autonoma de andalucia y Funcionamiento de la Comision mixta prevista en la Disposicion transitoria segunda de su estatuto de autonomia.
- Real Decreto 1523/1977, de 13 de mayo, </strong>por el que<strong> se incorporan al Instituto Nacional de Donominaciones de Origen las Estaciones de Viticultura y Enología dependientes del I. N. I. A.
- Ley 25/1970, de 2 de diciembre, de Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes. - Artículo 84
- Decreto 835/1972, de 23 de marzo, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento de la Ley 25/1970, «Estatuto de la Viña, del Vino y de los Alcoholes».