Real Decreto 850/1985 de 5 de junio, de organización de los Servicios Jurídicos del Estado.
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Real Decreto 850/1985 de 5 de junio, de organización de los Servicios Jurídicos del Estado.
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Afectaciones
DEROGA
- Real Decreto 2077/1982, de 27 de agosto, por el que se reorganiza la Direccion general de Lo contencioso del Estado.
- Real Decreto 161/1981, de 5 de febrero, por el que se regulan determinados Servicios dependientes de la Dirección General de lo Contencioso del Estado.
DEROGADA por
DEROGADA PARCIALMENTE por
- Real Decreto 10/1991, de 11 de enero, por el que se determina la Estructura Organica del Ministerio de justicia. - Artículos : 3..6 9
DEROGADA SI CONTRADICE por
- REAL DECRETO 1334/1994, de 20 de Junio, de Estructura basica, del Ministerio de Justicia e Interior.
CORREGIDA por
Documentos citados
- Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre)
- Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública (Ley 30/1984, de 2 de agosto)
- Real Decreto 2077/1982, de 27 de agosto, </strong>por el que<strong> se reorganiza la Direccion general de Lo contencioso del Estado.
- Ley 10/1983, de 16 de agosto, de Organizacion de la administracion central del Estado. - Artículo 12
- Real Decreto 849/1985, de 5 de Junio, </strong>por el que se desarrolla<strong> el apartado 1.4 de la Disposicion adicional novena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, </strong>por la que<strong> se crea el Cuerpo superior de Letrados del Estado.