Real Decreto 1127/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles, y el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada.
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Real Decreto 1127/2021, de 21 de diciembre, por el que se modifican el Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la Organización Nacional de Ciegos Españoles, y el Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada.
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Afectaciones
MODIFICA
- Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, por el que se reordena la organización nacional de ciegos españoles. - Artículos : 7.2 7.6 8.2.c 8.2.f 8.3.c
- Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, por el que se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada. - Artículos : 5
Documentos citados
- Ley 46/1985, de 27 de Diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1986.
- Real Decreto 358/1991, de 15 de marzo, </strong>por el que<strong> se reordena la organización nacional de ciegos españoles. - Artículos 1, 7, 8
- Real Decreto 1336/2005, de 11 de noviembre, </strong>por el que<strong> se autoriza a la Organización Nacional de Ciegos Españoles la explotación de una lotería instantánea o presorteada. - Artículos 2, 5
- Ley de Economía Social (Ley 5/2011, de 29 de marzo)
- Ley de regulación del Juego (Ley 13/2011, de 27 de mayo)