Orden de 31 de octubre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 412/1997, de 21 de marzo, por el que se establece un plazo para solicitar la obtención del título de especialista en Radiofarmacia, Farmacia Industrial y Galénica y Análisis y Control de Medicamentos y Drogas, por parte de los Licenciados en Farmacia con ejercicio profesional que se corresponda con alguna de dichas especializaciones.
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Orden de 31 de octubre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 412/1997, de 21 de marzo, por el que se establece un plazo para solicitar la obtención del título de especialista en Radiofarmacia, Farmacia Industrial y Galénica y Análisis y Control de Medicamentos y Drogas, por parte de los Licenciados en Farmacia con ejercicio profesional que se corresponda con alguna de dichas especializaciones.
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- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Articles 38, 110
- REAL DECRETO 412/1997, de 21 de Marzo, </strong>por el que<strong> se establece un plazo para solicitar la Obtencion del Titulo de Especialista en radiofarmacia, farmacia industrial y Galenica y analisis y Control de Medicamentos y Drogas por parte de los Licenciados en farmacia con ejercicio profesional que se corresponda con alguna de Dichas especializaciones .
- Real Decreto 2708/1982, de 15 de Octubre, </strong>por el que<strong> se regulan los Estudios de Especializacion y la Obtencion del Titulo de Farmaceutico especialista. - Article 3