Orden de 31 de octubre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 412/1997, de 21 de marzo, por el que se establece un plazo para solicitar la obtención del título de especialista en Radiofarmacia, Farmacia Industrial y Galénica y Análisis y Control de Medicamentos y Drogas, por parte de los Licenciados en Farmacia con ejercicio profesional que se corresponda con alguna de dichas especializaciones.
› ›
Enlazado como:Extracto
Orden de 31 de octubre de 1997 por la que se desarrolla el Real Decreto 412/1997, de 21 de marzo, por el que se establece un plazo para solicitar la obtención del título de especialista en Radiofarmacia, Farmacia Industrial y Galénica y Análisis y Control de Medicamentos y Drogas, por parte de los Licenciados en Farmacia con ejercicio profesional que se corresponda con alguna de dichas especializaciones.
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) - Artículos 38, 110
- REAL DECRETO 412/1997, de 21 de Marzo, </strong>por el que<strong> se establece un plazo para solicitar la Obtencion del Titulo de Especialista en radiofarmacia, farmacia industrial y Galenica y analisis y Control de Medicamentos y Drogas por parte de los Licenciados en farmacia con ejercicio profesional que se corresponda con alguna de Dichas especializaciones .
- Real Decreto 2708/1982, de 15 de Octubre, </strong>por el que<strong> se regulan los Estudios de Especializacion y la Obtencion del Titulo de Farmaceutico especialista. - Artículo 3