STS, 21 de Julio de 2008

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Resumen


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Frases clave


Así las cosas y toda vez que la sentencia recurrida considera que el resultado lesivo por el que re reclama, trae su causa en la intervención quirúrgica practicada, ha de concluirse que ni se da el presupuesto de sustancial identidad, al que hemos venido refiriéndonos en relación a las sentencias de contraste, ni se contiene una doctrina contraria a la mantenida en estas, pues en las mismas, al no derivarse ningún resultado lesivo de las intervenciones quirúrgicas, se aplica la doctrina que no es aplicable al caso de autos, en el sentido de que la mala praxis al hoc consistente en la ausencia de consentimiento informado, no da lugar a responsabilidad patrimonial si del concreto acto médico no se deriva daño alguno para el paciente.

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Extracto


STS, 21 de Julio de 2008

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