STS, 12 de Noviembre de 1998

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Frases clave


los relatos fácticos supuestamente incompletos, sólo cuando engendran oscuridad y no se comprenda lo que quiso expresar el Juzgador de instancia, pueden ser eficazmente denunciados al amparo del inciso primero del nº 1° del art. 851 de la L.E.Criminal, y ello es así porque según declaración constante y uniforme de esta sala, los Tribunales de instancia no están obligadas a recoger en sus declaraciones de hechos probados, todos aquellos que hayan introducido las partes en el proceso sinó tan solo los que estimen debidamente acreditados y que, además, constituyan el subtractum fáctico de cuantas cuestiones integren el thema decidendi o dubio del proceso de que se trate

Extracto


STS, 12 de Noviembre de 1998

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