STS 2179/2002, 26 de Diciembre de 2002

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Resumen


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Frases clave


Las declaraciones, de los acusados y de los testigos, como pruebas de carácter personal, no pueden ser integradas en el concepto de documento a los efectos del recurso de casación, toda vez que como prueba personal están sujetas a la valoración del tribunal que con inmediación las percibe atento, no sólo a los que los testigos y acusados dicen sino también a la seguridad que transmiten en la declaración, a las reacciones que provocan en otros intervinientes en el juicio, a la correlación con anteriores declaraciones, es decir, a todo el conjunto de elementos que se integran en la inmediación y que un tribunal superior, que no dispone de esta herramienta, no puede tener en cuenta para la valoración de la prueba.

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Extracto


STS 2179/2002, 26 de Diciembre de 2002

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