STS 276/2008, 15 de Abril de 2008

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Resumen


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Frases clave


la valoración de la prueba es de la soberanía de la Sala de instancia y queda al margen del recurso de casación (Sentencias de 8 y 21 de abril y 9 de mayo de 2005 entre las más recientes) y no cabe pretender en casación una revisión total de la apreciación probatoria, ni desvirtuar una apreciación probatoria mediante una valoración conjunta realizada por el propio recurrente, así como que la denuncia de error en la valoración de la prueba exige la cita del precepto legal de prueba que se estime conculcado

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Extracto


STS 276/2008, 15 de Abril de 2008

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