STS 2237/2001, 1 de Abril de 2002

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Frases clave


En relación a la prueba indiciaria, el Tribunal de casación tendrá que respetar la valoración hecha por el Tribunal de instancia de las pruebas directas acreditativas de los hechos base o indicios, pero podrá revisar la racionalidad de los juicios de inferencia hechos por el órgano enjuiciador

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Extracto


STS 2237/2001, 1 de Abril de 2002

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