STS 788/1999, 25 de Septiembre de 1999

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Resumen


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Frases clave


Por otra parte, no se pueda argüir como se hace por la representación de D. Luis Pedroen la parte final del recurso que, en este supuesto no es necesario la prueba de presunciones, porque el hecho esta acreditado por una prueba directa, cual es el documento nº 2 de los presentados con la demanda, el recibo de la participación en el décimo de lotería, suscrito por la demandada, cuando el objeto de la oposición a la demanda, ha consistio precisamente en la desvirtuación de ese documento, supuesto que por carecer de una prueba directa, se tiene que acudir, como es muy frecuente, en los casos de simulación, a la prueba de presunciones.

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Extracto


STS 788/1999, 25 de Septiembre de 1999

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