STS 36/1999, 29 de Enero de 1999

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Frases clave


las facultades de los Tribunales de instancia son amplísimas en lo que a su delimitación cuantitativamente se refiere y, por ello, su discusión en casación es, en principio, sumamente difícil, no cabe olvidar que la Ley Orgánica 1/1.982, en su artículo 9-3 establece unos módulos para la determinación del "quantum" indemnizatorio, cuyas bases es posible combatirlas casacionalmente.

Extracto


STS 36/1999, 29 de Enero de 1999

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