STS 529/2001, 2 de Abril de 2001

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Frases clave


En la sentencia recurrida se ha sostenido que la "imprecisión del legislador" obligaba al Tribunal a quo a aplicar el principio "in dubio pro reo", pues no era posible con el texto del art. 270 CP., dilucidar si esta disposición se refiere sólo a la importación de fonogramas plagiados o ilegalmente reproducidos y distribuidos o si, por el contrario, hace referencia también a aquéllos que han sido lícitamente adquiridos en el comercio extracomunitario. Tienen razón los recurrentes cuando objetan que el principio "in dubio pro reo" en la doctrina y la jurisprudencia claramente mayoritaria sólo es aplicable a las cuestiones de hecho. El Tribunal a quo se debería haber remitido al principio "in dubio pro libertate", que en la doctrina moderna es reconocido con un alcance paralelo respecto de las cuestiones de derecho. En todo caso, es claro que la Audiencia quiso decir que no ha podido afirmar que las acciones que describe como probadas en la sentencia hayan realizado el tipo del art. 270 CP.

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Extracto


STS 529/2001, 2 de Abril de 2001

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