STS 192/1998, 5 de Marzo de 1998
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Resumen
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Frases clave
“ que la Ley autoriza al propietario a la realización de obras en su piso, que no alteren ni la seguridad, ni la estructura general, ni su configuración o estado exteriores, y si además las obras son de carácter inocuo respecto a los elementos comunes materiales y elementos comunes estéticos, basta para su realización dar cuenta al Presidente de la Comunidad. ”
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Extracto
STS 192/1998, 5 de Marzo de 1998
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 14
- Código Civil - Artículo 348
- Ley sobre Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio) - Artículos 3, 5, 7, 11
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículos 523, 896, 1692, 1715