Orden de 22 de octubre de 1990 por la que se prohíbe el uso de las artes de deriva y se regula su empleo como artes menores en el área mediterránea.
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Orden de 22 de octubre de 1990 por la que se prohíbe el uso de las artes de deriva y se regula su empleo como artes menores en el área mediterránea.
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Afectaciones
RELACIONADO CON
DEROGADA PARCIALMENTE por
- Orden de 29 de septiembre de 1994 por la que se establecen ayudas para la retirada de artes de enmalle fijo constituidas por redes de monofilamento a los buques españoles que ejercen su actividad al amparo del acuerdo CEE-Marruecos en aguas bajo soberanía o jurisdicción marroquí. - Artículos : DT2
CORREGIDA por
MODIFICADA por
- Orden de 12 de junio de 1992 por la que se modifica parcialmente la orden de 22 de octubre de 1990, por la que se prohíbe el uso de artes de deriva y se regula su empleó cómo artes menores en el Area Mediterranea.
- Orden de 28 de febrero de 1991 por la que se modifica la de 22 de octubre de 1990 por la que se prohíbe el uso de los artes de deriva y se regula su empleo como artes menores en el área mediterránea.
DEROGADA por
Documentos citados
- Ley 53/1982, de 13 de Julio, sobre Infracciones que en materia de Pesca maritima cometan los Buques extranjeros en las aguas bajo jurisdiccion española y los Buques españoles, cualesquiera que sean el ambito de su comision y sus sanciones.
- Real Decreto 681/1980, de 28 de marzo, sobre ordenación de la actividad pesquera nacional.