STS, 27 de Abril de 2001
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Frases clave
“ La segunda se refería a la denegación de la lectura de las declaraciones de la testigo en la fase previa y difícilmente puede encauzarse a través de la vía elegida pues, como señala el Ministerio Fiscal, lo procedente hubiese sido que la defensa formulara las correspondientes preguntas (incluidas aquellas referidas a las supuestas contradicciones con las declaraciones anteriores) y, si se hubieren desestimado, consignar la protesta correspondiente. La mera denegación de la lectura de esas declaraciones previas no comporta indefensión pues no impide a la parte preguntar por ellas. En este supuesto, además, no puede hablarse de contradicciones, sino en todo caso de diferencias de detalle fácilmente explicables. El art 714 solo prevé esa lectura cuando la declaración del testigo en el juicio oral no sea conforme en lo sustancial con las prestadas en la fase de instrucción. No fue lo sucedido. ”
Extracto
STS, 27 de Abril de 2001
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículos 24, 25
- Código Penal (Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre) - Artículos 6, 21, 178, 180, 242, 620
- Ley de Enjuiciamiento Criminal (Real Decreto de 14 de septiembre de 1882) - Artículos 4, 849, 850
- Real Decreto de Promulgación de la Ley de Enjuiciamiento Civil (Real Decreto de 3 de febrero de 1881) - Artículo 921
- STC 51/1989, 22 de Febrero de 1989