STS, June 14, 1996
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“ El recurso de casación para la unificación de doctrina tiene, en su configuración legal dentro del nuevo Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral -artículo 217 del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de Abril- una clara delimitación conceptual y una precisa finalidad, en cuanto instrumento procesal, de índole excepcional y obligada aplicación restrictiva, que se concibe para evitar la contradicción jurisprudencial respecto a controversias judiciales caracterizadas por una identidad sustancial que, sin embargo, llegan a merecer un dispar tratamiento jurídico por parte de los tribunales del orden jurisdiccional social que resultan competentes para conocerlas y resolverlas definitivamente en vía de recurso extraordinario de suplicación o de casación. ”
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