STS, 15 de Febrero de 1998

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Resumen


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Frases clave


No se observa que el acusado haya actuado con una palmaria y evidente intención de conculcar deliberadamente y a sabiendas, el ordenamiento jurídico dictando una resolución injusta. Tampoco puede olvidarse que los defectos observados en la licencia que dieron lugar a la suspensión de las obras, no obedecen a la ocupación de zonas verdes o a la vulneración de los volúmenes de edificabilidad concedidos, tratándose únicamente de unos defectos formales consistentes como dice terminantemente el hecho probado en "la falta de documentos notariales y de registro de la propiedad y a la falta de ejecutoriedad de la fianza presentada".

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Extracto


STS, 15 de Febrero de 1998

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