STS 506/2008, 17 de Julio de 2008

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Resumen


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Frases clave


Llegados a este punto, es preciso recordar que, al denunciarse la vulneración del derecho a la presunción de inocencia, el Tribunal de casación debe constatar si en la causa existe una prueba que pueda considerarse de cargo, practicada con todas las garantías legal y constitucionalmente exigibles, y que tenga entidad suficiente para poder enervar dicho derecho fundamental, por responder, todo ello, a una valoración de las pruebas llevada a cabo sobre la base de una estructura racional jurídicamente respetable por excluir la posibilidad de una decisión irracional, absurda o arbitraria (v. art. 9.3 C.E.).

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Extracto


STS 506/2008, 17 de Julio de 2008

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