STS, 17 de Julio de 2000

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Frases clave


El que la sentencia de suplicación haya podido basar su decisión en unos hechos que no aparecen en el relato fáctico de autos, no constituye un supuesto de incongruencia omisiva, y por ello, si no se cumplen en relación a tal cuestión los requisitos propios de este excepcional recurso, el Tribunal Supremo no puede entrar en el examen y solución de los problemas que esa situación suscita y menos aún decretar de oficio por tal causa la nulidad de lo actuado.

Extracto


STS, 17 de Julio de 2000

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