STS, 9 de Febrero de 1998
Enlazado como:
Resumen
No longer available (Autolink)
Frases clave
“ La sentencia recurrida ha entendido que tal umbral es el 75 % del salario mínimo interprofesional, y, proyectando esta premisa sobre el caso controvertido, niega el derecho de la actora a optar por la pensión en favor de familiares solicitada, que es más elevada que la de viudedad que venía percibiendo. Esta conclusión conduce en el caso a la revocación de la sentencia de instancia, que había reconocido tal derecho, tras constatar que la pensión percibida era superior al 75 % del salario mínimo interprofesional pero inferior a la cifra mensual del mismo. ”
Ver el contenido completo de este documento
Extracto
STS, 9 de Febrero de 1998
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 221
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social - Artículos 91, 122, 176, 215
- STS, 9 de Noviembre de 1992
- Ley 22/1992, de 30 de Julio, de medidas urgentes sobre Fomento del empleó y Proteccion por desempleo.
- Ley de Medidas fiscales, de Reforma del Regimen juridico de la Funcion publica y de la Proteccion por desempleo. (Ley 22/1993, de 29 de Diciembre)