STS, 12 de Marzo de 1998

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Frases clave


La circunstancia de haber sido dado de baja por la oficina correspondiente por no haber acudido a un control -a lo que contribuyó su desfavorable estado físico-, en cuya situación permaneció durante seis meses, volviendo a causar alta como demandante de empleo después de este interregno, situación en que se encontraba en el momento de su fallecimiento, no revela su voluntad de apartarse del mundo laboral, ni desvirtua su consideración de que se encontrase en situación asimilada al alta según se deduce de lo antes expuesto, al efecto de lucrar las prestaciones de viudedad y orfandad reclamadas, reguladas de forma concordante en los artículos 174-1 y 175-1 de la Ley General de la Seguridad Social de 1.994 y en los artículos 160-1 y 161-1 de la Ley anterior de 1.974.

Extracto


STS, 12 de Marzo de 1998

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