STS, 17 de Febrero de 2000
Enlazado como:
Frases clave
“ Pero, posteriormente en la sentencia de 5 de julio de 1998, dictada por esta Sala del Tribunal Supremo en pleno o reunión general, se ha cambiado el criterio interpretativo, sosteniéndose que el requisito de un mínimo de 35 días de indemnización de despido no es exigible en aquellos supuestos, como el del caso en litigio, en que la apl icación del art. 56.1.a del Estatuto de los Trabajadores da como resultado una indemnización inferior. ”
Extracto
STS, 17 de Febrero de 2000
No longer available (Autolink)
Ver el contenido completo de este documento
Documentos citados
- Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo) - Artículo 56
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículo 221
- Código Civil - Artículo 3
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social
- REAL DECRETO 2546/1994, de 29 de Diciembre, </strong>por el que se desarrolla<strong> el articulo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de Contratación.