STS, 4 de Noviembre de 1997
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Resumen
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Frases clave
“ La regla general es la incompatibilidad y la excepción por trabajo a tiempo parcial -marginal o no- sólo juega para el trabajo por cuenta ajena, como con énfasis subraya el precepto, sin dejar duda sobre el alcance de la excepción que no alcanza al trabajo por cuenta propia. Pero es que además la norma indica que el trabajo por cuenta propia será incompatible, aunque no determine la inclusión en el campo de aplicación de alguno de los regímenes de la Seguridad Social, con lo que incluye la referencia al Régimen Especial Agrario, ”
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Extracto
STS, 4 de Noviembre de 1997
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Documentos citados
- Constitución Española de 1978 - Artículo 14
- Código Civil - Artículo 3
- Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, </strong>por el que se aprueba<strong> el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social - Artículos 2, 215, 221
- Decreto 3772/1972, de 23 de diciembre, </strong>por el que se aprueba<strong> el Reglamento General del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social. - Artículo 2