Reglamento número 11 sobre prescipciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que se refiere a las cerraduras y órganos de fijación de las puertas, anejo al Acuerdo de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor, revisión 1, que incorpora la serie 02 de enmiendas propuestas por el Reino Unido, que entraron en vigor el 15 de marzo de 1981, así como el corrigéndum 1.
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Reglamento número 11 sobre prescipciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que se refiere a las cerraduras y órganos de fijación de las puertas, anejo al Acuerdo de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor, revisión 1, que incorpora la serie 02 de enmiendas propuestas por el Reino Unido, que entraron en vigor el 15 de marzo de 1981, así como el corrigéndum 1.
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- Reglamento número 11 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de los vehículos en lo que respecta a las cerraduras y los órganos de fijación en las puertas. Anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 30 de marzo de 1983 y de 27 de septiembre de 1986). Revisión 1 -En mienda 1 (enmiendas entradas en vigor el 20 de abril de 1986).
- Reglamento número 11 sobre prescripciones uniformes relativas a la homologación de vehículos en lo que se refiere a las cerraduras y órganos de fijación de las puertas, anejo al acuerdo de 20 de marzo de 1958, relativo al cumplimiento de condiciones uniformes de homologación y reconocimiento recíproco de la homologación de equipos y piezas de vehículos de motor. Enmiendas propuestas por Italia.