STS, 14 de Julio de 2001

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Resumen


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Frases clave


De la exposición que hace la parte recurrente parece conjeturarse que el motivo plantea un problema de indefensión, al discutir la sentencia extremos que no han sido discutidos por las partes, produciendo indefensión. Pero la falta de mención expresa de las normas que puedan haberse infringido nos impide hacer un pronunciamiento sobre dichas cuestiones, dado que la Sala no puede sustituir la voluntad del recurrente, supliendo libremente tales omisiones, pues se infringirían con ello el principio de contradicción de parte, e incluso el principio dispositivo.

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Extracto


STS, 14 de Julio de 2001

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