STS, 30 de Abril de 2001
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Resumen
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Frases clave
“ El recurrente solicita que se declare que a dicho inmueble le corresponde un aprovechamiento urbanístico de cinco alturas, cuestión que no puede decidirse en el modo solicitado, pues tal determinación urbanística es de naturaleza discrecional y es a la Administración a quien le corresponde fijar tal extremo y no a este órgano jurisdiccional. ”
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Extracto
STS, 30 de Abril de 2001
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Documentos citados
- Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio) - Artículos 93, 96
- Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana (Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio)
- Ley de Pesca Marítima del Estado. (Ley 3/2001, de 26 de marzo)
- Real Decreto por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana. (Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril) - Artículo 12