STS, 4 de Enero de 2001

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Resumen


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Frases clave


uando un funcionario ingresa en la Administración Pública queda sometido a un régimen estatutario, variable unilateralmente por la Administración, dentro de los límites que permitan las leyes, entre los que se encuentra la potestad de valorar los puesto de trabajo con arreglo a criterios temporales, sin quedar vinculada por anteriores criterios de valoración y consiguiente asignación económica, sin perjuicio de los derechos que puedan derivar de una disminución total de los devengos de cada concreto funcionario, como consecuencia de la nueva ordenación, que normalmente se remedian acudiendo al sistema de los complementos personales y transitorios

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Extracto


STS, 4 de Enero de 2001

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