STS, 12 de Marzo de 1999
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Frases clave
“ La versión del Reglamento de 1.992, es menos favorable para el trabajador que la del Convenio ya que este en su art. 25-1 b) determina "que cuando todo o parte del período de cotización elegido por el solicitante para el cálculo de su base reguladora de prestaciones se hubiese cumplido en la República Federal, el Organismo competente español determina dicha base reguladora sobre las bases de cotización vigentes en España, durante dicho período o tracción, para los trabajadores de la misma categoría profesional que la persona interesada", expresiones que reconducen a las bases medias, mientras que si se aplicase el Reglamento de 1.992 y su Anexo 6 D, las bases a aplicar serían las mínimas o remotas. ”
Extracto
STS, 12 de Marzo de 1999
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Documentos citados
- Ley de Procedimiento Laboral (Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril) - Artículos 216, 217
- Council Regulation (EEC) No 1248/92 of 30 April 1992 amending Regulation (EEC) No 1408/71 on the application of social security schemes to employed persons, to self- employed persons and to members of their families moving within the Community and Regulation (EEC) No 574/72 laying down the procedure for implementing Regulation (EEC) No 1408/71
- Treaty establishing the European Community